25 de febrer 2013

AGENCIA EUROPEA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA


En los últimos días hemos recibido numerosas consultas de ciudadanos preocupados por las medidas que va a tomar la Comisión a raíz del reciente análisis llevado a cabo por la Agencia Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) acerca de los efectos que tienen en las abejas tres tipos de plaguicidas.

La presente declaración sirve para responder a las inquietudes planteadas.
 
En abril de 2012, la Comisión pidió a la EFSA que analizara tres plaguicidas (neonicotinoides), tras la publicación en la revista Science de diversos artículos en los que se sugería que estos productos podían tener efectos adversos sobre el comportamiento y la función reproductora de las abejas.


La EFSA publicó su análisis en enero de 2013, y en él llegaba a la conclusión de que había varios motivos de preocupación. Los ministros de agricultura de los Estados miembros se reunieron en Bruselas el 28 de enero (Consejo de Agricultura) y allí Tonio Borg, Comisario europeo de Salud y Consumidores, anunció que, a la vista del informe de la EFSA sobre los efectos de tres neonicotinoides en las abejas, había llegado el momento de emprender una acción rápida y decisiva, y que estaba dispuesto a presentar un conjunto de medidas legislativas ambiciosas, pero proporcionadas.

El 31 de enero se mantuvo una primera discusión con expertos de los Estados miembros acerca de la conclusión de la EFSA, en el seno del Comité Permanente sobre Plaguicidas. La Comisión propuso las siguientes medidas para discutirlas con los Estados miembros:

1) Modificar las condiciones de autorización de los tres plaguicidas (clotianidina, tiametoxam e imidacloprid) para limitar su uso a cultivos que no atraigan a las abejas y a cereales de invierno (la exposición al polvo durante el otoño no se considera importante).
2) Prohibir la venta y utilización de «semillas tratadas» con productos fitosanitarios que contengan estas sustancias activas. Tal disposición no se aplicaría a semillas tratadas de plantas no atractivas para las abejas ni a semillas tratadas de cereales de invierno.
3) Las dos medidas expuestas en los puntos 1 y 2 tendrían que ponerse en práctica el 1 de julio de 2013, a más tardar. Esto no afectaría a la próxima temporada de siembra del maíz.
4) La Comisión revisaría ambas medidas al cabo de dos años.
5) Limitar la utilización a usuarios profesionales (prohibición de la venta para uso no profesional).
 
¿Y ahora? Próximas acciones:

• 7 de febrero de 2013: la Comisión se reunirá con el Grupo Consultivo de la Cadena Alimentaria (que incluye a partes interesadas como asociaciones agrícolas, la industria y ONG) para discutir las medidas propuestas por la Comisión.
• 25 de febrero de 2013: un comité de expertos de todos los países de la UE votará las propuestas.
• Está previsto que las nuevas normas sean de aplicación a partir del 1 de julio de 2013.


EFSA